REQUISITOS PARA PASAPORTES EN TERRITORIO
NACIONAL
REQUISITOS POR PRIMERA VEZ
REQUISITOS POR PRIMERA VEZ
CITAS
TRÁMITE DE PASAPORTE
MEDIANTE CITAS
La Secretaría
de Relaciones Exteriores está facultada para verificar la información
proporcionada, en caso de que la misma no sea correcta, la cita no será
programada.
Programación de citas:
Para
programar una cita deberá seleccionar el tipo de trámite que desea realizar:
- Primera vez
Mayores de Edad
- Primera Vez
Menores de Edad
- Renovación
Mayores de Edad
- Renovación
Menores de Edad
- Renovación
por Robo o Extravío
Si requiere
cancelar o cambiar la fecha y/o el horario de alguna cita, únicamente lo podrá
realizar mediante el centro de atención llamando al 01 800 8010 773.
Para agilizar
la programación de la cita, es importante tener a la mano su CURP y
acta de nacimiento, ya que se requerirá información contenida en estos
documentos.
Cita para
"Tramitación de OP7 Remota":
Para la firma
del permiso (OP7 remoto), usted deberá programar una cita llamando al 01800
8010 773, o en el portal de Internet seleccionando la opción "Tramitación
de OP7 Remota".
TRAMITE DEL PASAPORTE POR PRIMERA VEZ
Mayores de 18 años
Menores de edad
Menores
adoptados por mexicanos
Adopción simple o
semiplena
Adopción plena
Menores
adoptados por extranjeros
Adopción por extranjeros
(plena)
Adopción por extranjeros
(simple o semiplena)
Atención a
personas con discapacidad que no estén en posibilidad de manifestar su voluntad
Primera Vez
MAYORES DE 18 AÑOS
REQUISITOS PARA MAYORES DE EDAD PARA
TRAMITAR PASAPORTE POR PRIMERA VEZ
1. Acudir
personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace
Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con
tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario,
obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u
Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Acreditar
la nacionalidad mexicana mediante la entrega en original y copia* de alguno de los
siguientes documentos:
a) Copia
certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil
mexicano. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro
de los primeros tres años de vida), si rebasa la temporalidad, vea el
apartado “Documentación
complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;
b) Copia
certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares*.
c) Copia Certificado
de nacionalidad mexicana*;
d)
Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento*;
e) Carta de
Naturalización*; y
f) Cédula de
Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación*
*La copia fotostática debe
ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
del documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
4. Acreditar
identidad presentando original y copia* de alguno de los
siguientes documentos oficiales con fotografía y firma del titular, cuyos datos
deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando
la nacionalidad:
a) Cédula de
Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;
b)
Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
c) Carta de
naturalización;
d)
Certificado de nacionalidad mexicana;
e) Declaratoria
de nacionalidad mexicana por nacimiento;
f) Credencial
para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
g) Cartilla
de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
h) Cédula
Profesional;
i) Título
Profesional;
j) Carta de
pasante;
k)
Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas
Adultas Mayores;
l) Credencial
de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social,
con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo
de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser
aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;
m) Credencial
para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social,
con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la
expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún
cuando el sello no cancele la fotografía; y
n) Credencial
Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la
Familia (DIF).
* La copia fotostática debe
ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hoja separada.
5. Entregar
dos fotografías
tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color
con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la
solicitud de expedición de pasaporte.
6. Entregar
el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta,
legible en blanco/negro y, en su caso, será aceptada con el anverso (delantero)
y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)
INFORMACIÓN QUE USTED DEBE CONOCER
Todos los
documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles
y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras,
deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.
Cuando
existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información
presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para
verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas
adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.
La
verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta
de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo
que ocupe este proceso.
REQUISITOS PARA OBTENER PASAPORTE POR
PRIMERA VEZ PARA MENORES DE EDAD
1. La
persona menor de edad deberá acudir personalmente ante cualquier
Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con
tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario,
obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u
Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Acreditar
la nacionalidad mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes
documentos en original y copia*:
a) Copia
certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil
mexicano. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro
del primer año de vida), si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación
complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;
b) Copia
certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares; y
c) Carta de
Naturalización.
* La copia fotostática debe
ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
del documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
4. Acreditar
identidad presentando original y copia* de alguno de los
siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente
con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación
de la persona menor de edad:
a)
Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su
equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución
pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública;
b) Constancia
del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico
(preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del
menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma
y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o
privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. La constancia del
grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a
partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de
guarderías;
c) Credencial
escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria
y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello
oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la
expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada
a la Secretaría de Educación Pública. En caso de credenciales en formato
digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No
serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;
d) Credencial
de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social,
con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de
credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no
cancele la fotografía (nota: las cartillas de vacunación y los carnets de cita
no se aceptan como documentos oficiales para acreditar identidad);
e) Cédula de
Identidad Personal;
f)
Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
g) Carta de
naturalización;
h) Credencial
Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la
Familia (DIF); y
i)
Exclusivamente para personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las
identificaciones mencionadas en los incisos a) a h), podrá entregar constancia
del médico familiar, que atendió el parto o del pediatra en hoja membretada que
contenga número de la cédula profesional, nombre del menor y de los padres y
tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el
sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente
agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La constancia deberá
hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.
* La copia fotostática debe
ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
5.
Comparecencia de los padres, quien ejerza patria potestad o tutela presentando
original y copia*
de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con
fotografía y firma del titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con
los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la
persona menor de edad:
a. Pasaporte
mexicano;
b. Cédula de
Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;
c.
Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
d. Carta de
naturalización;
e.
Certificado de nacionalidad mexicana.;
f.
Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
g. Credencial
para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
h. Cartilla
de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
i. Cédula
Profesional;
j. Título
Profesional;
k. Carta de
pasante;
l. Credencial
expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;
m. Para el
caso de extranjeros se aceptan como medios de identificación los siguientes
documentos;
-. Pasaporte
extranjero o;
-. Tarjeta de
residente expedida por el Instituto Nacional de Migración o;
-. Tarjeta de
visitante expedida por el Instituto Nacional de Migración;
n. Credencial
de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social,
con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo
de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser
aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;
ñ. Credencial
para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social,
con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la
expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún
cuando el sello no cancele la fotografía; y
o. Credencial
Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la
Familia (DIF).
* La copia fotostática debe
ser tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
6. Entregar
dos fotografías
tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color
con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la
solicitud de expedición de pasaporte.
7. Entregar
el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta,
legible, en blanco/negro y será aceptada, en su caso, con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)
INFORMACION QUE USTED
DEBE CONOCER
Todos los
documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles
y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras,
deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.
Cuando
existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información
presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para
verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas
adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.
La
verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta
de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al
tiempo que ocupe este proceso.
RENOVACIÓN DE PASAPORTES
Mayores de 18 años
Menores de edad
Atención a personas con discapacidad que no estén en
posibilidad de manifestar su voluntad
Renovación
REQUISITOS PARA RENOVACIÓN DE PASAPORTE
ORDINARIO MAYORES DE 18 AÑOS
Los
requisitos que deberán cumplir los mexicanos mayores de edad, para realizar el
trámite de renovación de pasaporte ordinario mexicano son los siguientes:
1. Acudir
personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace
Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con
tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario,
obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u
Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Entregar
el pasaporte a renovar acompañado de una copia en tamaño
carta de la hoja de datos personales y del número de libreta (última hoja),
ambas deberán ser impresas en el mismo frente de la copia fotostática, la cual
debe ser legible y en blanco/negro.
El pasaporte
servirá como identificación, excepto en los casos en que exista variación de
algún dato personal o cuando los rasgos físicos hayan cambiado, de tal forma
que no correspondan con los de la fotografía del pasaporte. En estos
casos, la SRE podra solicitar una identificación oficial adicional.
En caso de
error o modificación de algún dato personal en el pasaporte, deberá entregar
copia certificada de los documentos que comprueben dicha circunstancia otorgada
por autoridad competente y presentar una identificación oficial que contenga
los datos correctos o modificados.
4. Entregar
dos fotografías
tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color
con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la
solicitud de expedición de pasaporte.
5. Entregar
el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta,
legible, en blanco/negro y será aceptada, en su caso, con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)
6. Sólo en
los siguientes casos, deberá acreditar la nacionalidad mexicana e identidad:
a) Si su
pasaporte fue expedido antes de 1995;
b) En caso de
robo, pérdida o destrucción;
c) En caso de
mutilación o por un deterioro notorio. El pasaporte deberá ser presentado en la
Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE y
llenar la forma correspondiente que se le proporcionará gratuitamente; y
d) Si su
pasaporte fue expedido en alguna Oficina Consular de México, en este caso
únicamente deberá acreditar nacionalidad mexicana. debido a que su pasaporte
podrá ser su medio de identificación.
Si usted se
encuentra en alguno de los supuestos señalados, solicite por favor el folleto
“Pasaporte por primera vez, mayores de edad” para que conozca los requisitos
que debe cumplir.
En caso de robo, pérdida, o
destrucción del pasaporte usted deberá, adicionalmente, cumplir con lo
siguiente:
a) Cuando el
hecho ocurra en el territorio nacional, deberá levantar un acta ante el
Ministerio Público o autoridad competente y entregarla en original a la SRE,
comunicándole a la vez y bajo protesta de decir verdad, el hecho y las
circunstancias en que hubiera ocurrido a través del formato que le será
proporcionada de manera gratuita.
b) Si el
hecho ocurrió en el extranjero, entregará el acta levantada ante la Oficina
Consular o autoridad competente del país. La SRE podrá requerirle que el acta
esté legalizada o apostillada y traducida al español.
INFORMACIÓN QUE USTED DEBE CONOCER
Todos los
documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles
y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras,
deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.
Cuando
existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información
presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar
su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas
adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.
La
verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta
de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al
tiempo que ocupe este proceso.
REQUISITOS PARA RENOVACIÓN DE PASAPORTE
ORDINARIO MENORES DE EDAD
1. La persona
menor de edad deberá acudir personalmente ante cualquier Delegación de la
SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con
tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario,
obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u
Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Entregar
el pasaporte a renovar acompañado de una copia en tamaño
carta de la hoja de datos personales y del número de libreta (última hoja),
ambas deberán ser impresas en el mismo frente de la copia fotostática.
El pasaporte
servirá como identificación, excepto en los casos en que exista variación de
algún dato personal o cuando los rasgos físicos hayan cambiado, de tal forma
que no correspondan con los de la fotografía del pasaporte. En estos
casos, la SRE podra solicitar una identificación oficial adicional.
En caso de
error o modificación de algún dato personal en el pasaporte, se deberá entregar
copia certificada de los documentos que comprueben dicha circunstancia otorgada
por autoridad competente y presentar una identificación oficial que contenga
los datos correctos o modificados.
4. Acreditar
la filiación de la persona menor de edad mediante la presentación de alguno
de los siguientes documentos en original y copia*:
a) Copia
certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil
mexicano;
b) Copia
certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares; y
c) Original
de la Carta de Naturalización;
* La copia fotostática debe
ser tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el
documento tenga información por ambos lados, las copias deben entregarse en
hojas separadas.
5.
Comparecencia de los padres, quien ejerza patria potestad o
tutela presentando original y copia* de alguno de los
siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del
titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el
que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:
a. Pasaporte
mexicano;
b. Cédula de
Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;
c.
Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
d. Carta de
naturalización;
e.
Certificado de nacionalidad mexicana;
f.
Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
g. Credencial
para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
h. Cartilla
de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
i. Título
Profesional;
j. Cédula
Profesional;
k. Carta de
pasante;
l. Credencial
expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;
m. Para el
caso de extranjeros, se aceptan como medios de identificación los siguientes
documentos:
-. Pasaporte
extranjero;
-. Tarjeta de
residente expedida por el Instituto Nacional de migración o;
-. Tarjeta de
visitante expedida por el Instituto Nacional de Migración;
n. Credencial
de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social,
con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo
de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser
aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;
ñ. Credencial
para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social,
con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la
expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún
cuando el sello no cancele la fotografía; y
o. Credencial
Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la
Familia (DIF).
* La copia fotostática debe
ser tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño
de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
6. Entregar
dos fotografías
tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color
con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la
solicitud de expedición de pasaporte.
7. Entregar
el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta,
legible, en blanco/negro y será aceptada, en su caso, con el anverso
(delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)
8. Sólo en
los siguientes casos, se deberá acreditar la nacionalidad mexicana e identidad:
a) Si el
pasaporte fue expedido antes de 1995;
b) En caso de
robo, pérdida o destrucción;
c) En caso de
mutilación o por un deterioro notorio. El pasaporte deberá ser presentado a la
Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE y
llenar la forma correspondiente que se entregará gratuitamente;
d) Si el
pasaporte fue expedido en alguna Oficina Consular de México, en este caso
únicamente deberá acreditar nacionalidad mexicana;
Si la persona
menor de edad se encuentra en algunos de los supuestos señalados, solicite por
favor el folleto “Pasaporte por primera vez, personas menores de edad” para que
conozca los requisitos que debe cumplir.
En caso de robo, pérdida, o
destrucción del pasaporte se deberá adicionalmente cumplir con lo siguiente:
a) Cuando el
hecho ocurra en el territorio nacional, deberá levantar un acta ante el
Ministerio Público o autoridad competente y entregarla en original a la SRE,
comunicándole a la vez y bajo protesta de decir verdad, el hecho y las
circunstancias en que hubiera ocurrido a través de la forma que le será
proporcionada.
b) Si el
hecho ocurrió en el extranjero, entregará el acta levantada ante la Oficina
Consular o autoridad competente del país. La SRE podrá requerirle que el acta
esté legalizada o apostillada y traducida al español.
INFORMACIÓN QUE USTED DEBE CONOCER
Todos los
documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles
y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras,
deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.
Cuando
existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información
presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para
verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas
adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.
La verificación
ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada
autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que
ocupe este proceso.
VIGENCIA DE LOS PASAPORTES ORDINARIOS
EDAD DEL SOLICITANTE
|
VIGENCIA QUE
PUEDE ELEGIR |
Menores de
3 años
|
1 año
|
Mayores de
3 años y menores de 18 años
|
3 ó 6 años
|
Mayores de
18 años
|
3, 6 ó 10* años
|
* Esta vigencia no aplica para trabajadores agrícolas que tengan derecho al
beneficio del 50% de descuento en
el costo.
PAGO DE DERECHOS 2014
Los montos para el pago de derechos
|
||
Por un año
|
•Los
mexicanos menores de tres años.
•Los
mexicanos que no puedan cumplir con alguno de los requisitos que
exige el reglamento de pasaportes por razones de emergencia debidamente justificadas
y a juicio de la SRE.
•Los
mexicanos que se encuentren bajo una situación de protección
consular en las Representaciones de México en el Exterior.
|
$ 525.00
|
Por tres
años
|
•Los
mexicanos mayores a tres años y menores de 18 años.
•Los
mexicanos mayores de 18 años.
|
$1,095.00
|
Por seis
años
|
•Los
mexicanos mayores a tres años y menores de 18 años.
•Los
mexicanos mayores de 18 años.
|
$1,505.00
|
Por diez
años
|
•Los
mexicanos mayores de 18 años
Esta
vigencia no aplica para Trabajadores Agrícolas
|
$2,315.00
|
NOTA: El
trámite del pasaporte realizado en las Oficinas Estatales y Municipales de
Enlace con la SRE, podrían tener un costo adicional al aquí plasmado, por el
servicio brindado en su localidad. ¡INFORMATE!.
LAS PERSONAS
MAYORES DE 60 AÑOS: deberán presentar copia certificada por el Oficial
del REGISTRO Civil del acta de nacimiento (para el trámite por
primera vez) y cuando se trate de la renovación será suficiente la presentación
del pasaporte.
LAS PERSONAS
CON DISCAPACIDAD: deberán de comprobar su discapacidad con la constancia o
certificado expedido por cualquier institución pública de salud o de seguridad
social en el que se describa la discapacidad de que se trata, o bien, mediante
la credencial nacional para personas con discapacidad expedida por el Sistema para
el Desarrollo Integral de la Familia (DIF).
LOS TRABAJADORES AGRÍCOLAS: requieren presentar para su trámite, además de los
requisitos establecidos por el reglamento de pasaportes, la constancia original
de registro al programa de "Memorándum de Entendimiento con el Gobierno de
Canadá" expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.
Pago de
derechos mediante Pago Electrónico CINCO,se puede realizar de dos formas:
a) En
Ventanilla Bancaria.
b) Vía
Internet
a)
Procedimiento para el pago de Derechos en ventanilla bancaria.
1.- Obtenga
de forma GRATUITA el formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria en:
Formato para el pago de pasaportes
en ventanilla bancaria
|
Cualquiera
de las delegaciones de la S.R.E.
|
Cualquiera
de las Oficinas Estatales o Municipales de Enlace con la S.R.E.
|
Cualquiera
de las Oficinas del Servicio de Aministración Tributaria (SAT)
|
La página
de Internet de la S.R.E., Tramites y Servicios, Pasaportes, formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria.
|
2.- Llene el
formato “Formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria” en un
tanto, por cada solicitud individual de pasaporte con los siguientes datos:
Datos de llenado
|
Apellido
paterno*
|
Apellido
materno*
|
Nombres*
|
Vigencia
del pasaporte
|
Monto a
pagar
|
3.- Efectúe
el pago de derechos en la ventanilla de la Institución Bancaria Autorizada de su elección, en
donde se le entregará un recibo bancario con sello digital (comprobante del
pago de derecho), el cual deberá ser presentado en original ante la Delegación
u Oficina de Enlace, donde realizará el trámite, conservando usted fotocopia de
dicho recibo.
Nota: Favor
de considerar los horarios del banco de su elección a fin de realizar su pago
oportunamente.
b)
Procedimiento para el pago de Derechos Vía Internet.
1.- El pago
de derechos de pasaporte Vía Internet sólo puede efectuarse en las Instituciones Bancarias Autorizadas por el SAT.
2.-Para poder
realizar el pago en cualquiera de las Instituciones Bancarias Autorizadas debe ser
cuentahabiente del mismo y contar con los servicios de banca electrónica
(Bancanet, Conexión personal, etc).
3.- Como referencia la pantalla de captura para realizar el pago en la página
web del banco, se encuentra frecuentemente en "Pago de Impuestos
Federales" y está identificado como "Pago de Derechos Productos y
Aprovechamientos (DPAS)".
4.- Deberá
contar con la Clave de Referencia.
5.- Así mismo deberá de señalar la Cadena de Dependencia en función a la vigencia requerida:
6.- Las
personas físicas que opten por efectuar el pago mediante esta vía, deberán
realizar una operación bancaria por cada trámite, debiendo obtener un recibo
bancario con sello digital a nombre del solicitante del pasaporte.
7.- No se aceptará el pago de derechos por concepto de pasaporte a nombre de
personas morales, toda vez que el trámite es únicamente para personas físicas.
8.- Tampoco
serán aceptados pagos grupales en virtud de que el trámite de pasaporte es
individual e independiente.
9.- Para pagos efectuados a través de los portales de Internet de las Instituciones Bancarias Autorizadas el titular de la
cuenta podrá realizar el pago de derechos a favor de un tercero no REGISTRADO como
cuenta habiente, el cual será el titular del trámite del pasaporte, Para tales
efectos, el recibo emitido por la Institución Bancaria deberá especificar el
nombre y apellidos del beneficiario del trámite de pasaportes.
10.- El
servicio para el pago de pasaporte por Internet es responsabilidad del banco
que lo ofrece, no de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Ahora que ya
ha hecho el pago de derechos y cuenta con la documentación
requerida, acuda previa cita a cualquier Delegación u Oficina
Estatal o municipal de Enlace con la SRE para tramitar su pasaporte.
FORMATOS DE SOLICITUD DE PASAPORTE
Solicitud de
pasaporte ordinario mexicano en territorio nacional [OP-5].
Permiso que
otorgan los padres, quienes ejercen la patria potestad o tutela, para la
expedición de pasaporte a personas menores de edad en territorio nacional
[OP-7].
Nota
importante: Los formatos que se presentan en esta página electrónica son
exclusivamente para fines de consulta. Cuando acuda a realizar su trámite a la
Delegación u Oficina de Enlace le será entregado el formato para su llenado
frente a un servidor público.
Es
indispensable requisitar la solicitud OP-5 Y/O OP-7 en los formatos originales
que proporcionan gratuitamente las Delegaciones
y Oficinas de Enlace, en virtud de que dichos formatos deben cumplir con
todas las especificaciones técnicas que requiere el sistema de producción de
pasaportes.
CARACTERÍSTICAS DE LAS
FOTOGRAFÍAS PARA EL TRÁMITE DE PASAPORTE.
El pasaporte
es un documento que acredita tanto tu identidad como tu nacionalidad. La
Organización de Aviación Civil Internacional, organismo de las Naciones Unidas
que regula la expedición de pasaportes en todo el mundo, establece que las
fotografías que aparecen tanto en el pasaporte como en el expediente que lo
sustenta, deben permitir reconocer el rostro como una de las principales
características físicas únicas del portador. Por ello deben reflejar fielmente
la apariencia del solicitante del pasaporte.
Aspectos que
debes tomar en cuenta para las fotografías que presentes para el trámite de
pasaporte:
Tamaño
pasaporte (4.5 cm X 3.5 cm), de alta calidad y resolución,impresas en papel
fotográfico, con fondo blanco y antigüedad menor a 30 días a la fecha del
trámite.
Mostrar en
primer plano la cabeza y los hombros del solicitante(aproximadamente de las
clavículas hacia arriba); el rostro debe estar centrado y ocupar entre el 70 y
el 80% de la superficie de la fotografía.
A color, sin retoques, que los contrastes y tonos coincidan con los tonos naturales de la piel.
Cabeza
descubierta, sin gorras, sombreros
diademas,
moños, turbantes y
peinados que
oculten el contorno de la cara, el rostro o las orejas.
El rostro y el fondo deben aparecer nítidos y sin manchas de tinta ni sombras de luz.
Ambos ojos
abiertos de manera natural, mirando a la cámara, claramente visibles y a la
altura de la cámara
(no se
aceptan fotografías con lentes, pues generan reflejos luminosos o distorsionan
los rasgos; tampoco se aceptan fotografías con ojos rojos).
BEBÉS: adicionalmente
a los puntos anteriores, se debe cuidar que aparezcan erguidos, con los ojos
abiertos, sin otra persona o manos que los sostengan, sin juguetes ni
respaldos.
RECOMENDACIONES:
En la mayoría
de los trámites de pasaporte que se realizan en las Delegaciones de la SRE (no
así en las Oficinas de Enlace con la SRE), se toma la fotografía del
solicitante para imprimirla en el pasaporte el día que acude. Toma en
cuenta esto para tu arreglo personal o el de tus hijos el día que acudas a
hacer tu trámite.
Evita cambios
radicales en tu apariencia física del día que realices tu trámite respecto a
las fotografías que entregues (por ejemplo: raparte, rasurarte,
maquillarte/desmaquillarte, cambiar el color de tu cabello, usar pupilentes,
hacerte piercings, etc.).
Acude a un
estudio fotográfico profesional de tu elección, para que tus fotos sean de
alta calidad y resolución.
RECUERDA QUE
AL PRESENTAR TUS DOCUMENTOS CON TODAS LAS CARACTERÍSTICAS SEÑALADAS, EVITARÁS
RETRASOS EN TU TRÁMITE.
LA SECRETARÍA
DE RELACIONES EXTERIORES NO OFRECE EL SERVICIO DE FOTOGRAFÍA; ES TU DECISIÓN
DÓNDE OBTIENES TUS FOTOS.
CARACTERÍSTICAS DE LAS FOTOCOPIAS PARA EL TRÁMITE DE PASAPORTE
Todos los
documentos que entregas para tramitar tu pasaporte se integran en un
expediente; además de conservarse físicamente en papel, se digitalizan
escaneándolos para contar con un archivo electrónico.
Con el
propósito de que las imágenes de tus documentos escaneados sean de buena
calidad, es importante que las fotocopias cumplan con las siguientes
características:
Tamaño carta (si
el documento original es más grande, deberás hacer la fotocopia en reducción
tamaño carta).
Legibles (que
permitan su fácil lectura, no se admiten ni muy claras ni muy obscuras, sin
manchas ni rayas).
En blanco y
negro (nunca a color).
Ambos lados
del documento original en una sola cara de la fotocopia, si el tamaño lo
permite (por ejemplo: credencial para votar, cédula profesional).
Si ambos
lados del documento original no caben en la misma cara de la fotocopia, deberás
entregar una fotocopia para el frente (anverso) y otra para el
reverso en hojas separadas (por ejemplo: las actas de nacimiento que
tengan información en el reverso)
CONTÁCTENOS
Puede
llamarnos a los teléfonos:
963-145-1188
(WhatsApp).
963-136-7491
(WhatsApp).
963-164-9598 (WhatsApp).
* Estamos Ubicados en la Ciudad de Comitán de Domínguez, Chiapas, México.
Agradecemos
la confianza depositada para realizar sus trámites.
Atte.
R&R
ASOCIADOS.
Tramite de
la Visa.
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Los requisitos han variado un poco, realmente esta informacion fue útil en su tiempo. aqui puedes ver los requisitos actualizados. Espero le sea de utilidad. Muchas gracias.
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