martes, 6 de diciembre de 2016

*** REQUISITOS Y TRAMITES PARA LA OBTENCIÓN DEL PASAPORTE MEXICANO***



REQUISITOS PARA PASAPORTES EN TERRITORIO NACIONAL

REQUISITOS POR PRIMERA VEZ

REQUISITOS POR PRIMERA VEZ

CITAS

TRÁMITE DE PASAPORTE MEDIANTE CITAS

La Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar la información proporcionada, en caso de que la misma no sea correcta, la cita no será programada.

Programación de citas:
Para programar una cita deberá seleccionar el tipo de trámite que desea realizar:
- Primera vez Mayores de Edad
- Primera Vez Menores de Edad
- Renovación Mayores de Edad
- Renovación Menores de Edad
- Renovación por Robo o Extravío

Si requiere cancelar o cambiar la fecha y/o el horario de alguna cita, únicamente lo podrá realizar mediante el centro de atención llamando al 01 800 8010 773.

Para agilizar la programación de la cita, es importante tener a la mano su CURP y acta de nacimiento, ya que se requerirá información contenida en estos documentos.


Cita para "Tramitación de OP7 Remota":
Para la firma del permiso (OP7 remoto), usted deberá programar una cita llamando al 01800 8010 773, o en el portal de Internet seleccionando la opción "Tramitación de OP7 Remota".

TRAMITE DEL PASAPORTE POR PRIMERA VEZ

Mayores de 18 años
Menores de edad

Menores adoptados por mexicanos

Adopción simple o semiplena
Adopción plena

Menores adoptados por extranjeros

Adopción por extranjeros (plena)
Adopción por extranjeros (simple o semiplena)

Atención a personas con discapacidad que no estén en posibilidad de manifestar su voluntad

Primera Vez

MAYORES DE 18 AÑOS


REQUISITOS PARA MAYORES DE EDAD PARA TRAMITAR PASAPORTE POR PRIMERA VEZ

1. Acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario, obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega en original y copia* de alguno de los siguientes documentos:
a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro de los primeros tres años de vida), si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;
b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares*.
c) Copia Certificado de nacionalidad mexicana*;
d) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento*;
e) Carta de Naturalización*; y
f) Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación*
*La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño del documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
4. Acreditar identidad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía y firma del titular, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad:
a) Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;
b) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
c) Carta de naturalización;
d) Certificado de nacionalidad mexicana;
e) Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
f) Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
g) Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
h) Cédula Profesional;
i) Título Profesional;
j) Carta de pasante;
k) Credencial vigente expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;
l) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;
m) Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía; y
n) Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).

* La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hoja separada.
5. Entregar dos fotografías tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de expedición de pasaporte.
6. Entregar el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta, legible en blanco/negro y, en su caso, será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)

INFORMACIÓN QUE USTED DEBE CONOCER

Todos los documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.

Cuando existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

La verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.

REQUISITOS PARA OBTENER PASAPORTE POR PRIMERA VEZ PARA MENORES DE EDAD


1. La persona menor de edad deberá acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario, obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Acreditar la nacionalidad mexicana mediante la entrega de alguno de los siguientes documentos en original y copia*:
a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano. El registro de nacimiento no debe ser extemporáneo (ocurrido dentro del primer año de vida), si rebasa la temporalidad, vea el apartado “Documentación complementaria para actas de nacimiento con registro extemporáneo”;
b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares; y
c) Carta de Naturalización.
* La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño del documento no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
4. Acreditar identidad presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales con fotografía, cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:
a) Certificado escolar de educación primaria, secundaria, de bachillerato o su equivalente con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública;
b) Constancia del grado de estudios que cursa, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. La constancia del grado de estudios deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición. No serán aceptadas constancias de maternales ni de guarderías;
c) Credencial escolar vigente, a partir de la educación de tipo básico (preescolar, primaria y secundaria), la cual deberá contener fotografía del menor cancelada con sello oficial que incluya el número de incorporación, firma y cargo de quien la expide, y que sea otorgada por alguna institución pública o privada incorporada a la Secretaría de Educación Pública. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía. No serán aceptadas credenciales de maternales ni de guarderías;
d) Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía (nota: las cartillas de vacunación y los carnets de cita no se aceptan como documentos oficiales para acreditar identidad);
e) Cédula de Identidad Personal;
f) Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
g) Carta de naturalización;
h) Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF); y
i) Exclusivamente para personas menores de 7 años, a falta de cualquiera de las identificaciones mencionadas en los incisos a) a h), podrá entregar constancia del médico familiar, que atendió el parto o del pediatra en hoja membretada que contenga número de la cédula profesional, nombre del menor y de los padres y tiempo de ser el médico del menor. Deberá contener fotografía del menor con el sello o firma del médico sobre la misma, nombre y firma del médico suscribiente agregando copia simple y legible de su cédula profesional. La constancia deberá hacerse válida dentro de los 90 días naturales a partir de su expedición.
* La copia fotostática debe ser tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
5. Comparecencia de los padres, quien ejerza patria potestad o tutela presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:
a. Pasaporte mexicano;
b. Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;
c. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
d. Carta de naturalización;
e. Certificado de nacionalidad mexicana.;
f. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
g. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
h. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
i. Cédula Profesional;
j. Título Profesional;
k. Carta de pasante;
l. Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;
m. Para el caso de extranjeros se aceptan como medios de identificación los siguientes documentos;
-. Pasaporte extranjero o;
-. Tarjeta de residente expedida por el Instituto Nacional de Migración o;
-. Tarjeta de visitante expedida por el Instituto Nacional de Migración;
n. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;
ñ. Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía; y
o. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).
* La copia fotostática debe ser tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
6. Entregar dos fotografías tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de expedición de pasaporte.
7. Entregar el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada, en su caso, con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)

INFORMACION QUE USTED DEBE CONOCER
Todos los documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.

Cuando existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

La verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.

RENOVACIÓN DE PASAPORTES

Mayores de 18 años
Menores de edad

Atención a personas con discapacidad que no estén en posibilidad de manifestar su voluntad

Renovación

REQUISITOS PARA RENOVACIÓN DE PASAPORTE ORDINARIO MAYORES DE 18 AÑOS


Los requisitos que deberán cumplir los mexicanos mayores de edad, para realizar el trámite de renovación de pasaporte ordinario mexicano son los siguientes:

1. Acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario, obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Entregar el pasaporte a renovar acompañado de una copia en tamaño carta de la hoja de datos personales y del número de libreta (última hoja), ambas deberán ser impresas en el mismo frente de la copia fotostática, la cual debe ser legible y en blanco/negro.
El pasaporte servirá como identificación, excepto en los casos en que exista variación de algún dato personal o cuando los rasgos físicos hayan cambiado, de tal forma que no correspondan con los de la fotografía del pasaporte. En estos casos, la SRE podra solicitar una identificación oficial adicional.
En caso de error o modificación de algún dato personal en el pasaporte, deberá entregar copia certificada de los documentos que comprueben dicha circunstancia otorgada por autoridad competente y presentar una identificación oficial que contenga los datos correctos o modificados.
4. Entregar dos fotografías tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de expedición de pasaporte.
5. Entregar el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada, en su caso, con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)
6. Sólo en los siguientes casos, deberá acreditar la nacionalidad mexicana e identidad:
a) Si su pasaporte fue expedido antes de 1995;
b) En caso de robo, pérdida o destrucción;
c) En caso de mutilación o por un deterioro notorio. El pasaporte deberá ser presentado en la Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE y llenar la forma correspondiente que se le proporcionará gratuitamente; y
d) Si su pasaporte fue expedido en alguna Oficina Consular de México, en este caso únicamente deberá acreditar nacionalidad mexicana. debido a que su pasaporte podrá ser su medio de identificación.
Si usted se encuentra en alguno de los supuestos señalados, solicite por favor el folleto “Pasaporte por primera vez, mayores de edad” para que conozca los requisitos que debe cumplir.

En caso de robo, pérdida, o destrucción del pasaporte usted deberá, adicionalmente, cumplir con lo siguiente:

a) Cuando el hecho ocurra en el territorio nacional, deberá levantar un acta ante el Ministerio Público o autoridad competente y entregarla en original a la SRE, comunicándole a la vez y bajo protesta de decir verdad, el hecho y las circunstancias en que hubiera ocurrido a través del formato que le será proporcionada de manera gratuita.
b) Si el hecho ocurrió en el extranjero, entregará el acta levantada ante la Oficina Consular o autoridad competente del país. La SRE podrá requerirle que el acta esté legalizada o apostillada y traducida al español.

INFORMACIÓN QUE USTED DEBE CONOCER

Todos los documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.

Cuando existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

La verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.

REQUISITOS PARA RENOVACIÓN DE PASAPORTE ORDINARIO MENORES DE EDAD

1. La persona menor de edad deberá acudir personalmente ante cualquier Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE con cita previa.
2. Llenar con tinta negra, a mano y con letra de molde la solicitud de pasaporte ordinario, obteniéndola de forma gratuita en alguna de las Delegaciones de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE.
3. Entregar el pasaporte a renovar acompañado de una copia en tamaño carta de la hoja de datos personales y del número de libreta (última hoja), ambas deberán ser impresas en el mismo frente de la copia fotostática.
El pasaporte servirá como identificación, excepto en los casos en que exista variación de algún dato personal o cuando los rasgos físicos hayan cambiado, de tal forma que no correspondan con los de la fotografía del pasaporte. En estos casos, la SRE podra solicitar una identificación oficial adicional.
En caso de error o modificación de algún dato personal en el pasaporte, se deberá entregar copia certificada de los documentos que comprueben dicha circunstancia otorgada por autoridad competente y presentar una identificación oficial que contenga los datos correctos o modificados.
4. Acreditar la filiación de la persona menor de edad mediante la presentación de alguno de los siguientes documentos en original y copia*:
a) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por la oficina del registro civil mexicano;
b) Copia certificada del acta de nacimiento expedida por las oficinas consulares; y
c) Original de la Carta de Naturalización;
* La copia fotostática debe ser tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el documento tenga información por ambos lados, las copias deben entregarse en hojas separadas.
5. Comparecencia de los padres, quien ejerza patria potestad o tutela presentando original y copia* de alguno de los siguientes documentos oficiales vigentes con fotografía y firma del titular, y cuyos datos deberán concordar fielmente con los del documento con el que esté acreditando la nacionalidad y filiación de la persona menor de edad:
a. Pasaporte mexicano;
b. Cédula de Identidad Ciudadana expedida por la Secretaría de Gobernación;
c. Certificado de Matrícula Consular de alta seguridad;
d. Carta de naturalización;
e. Certificado de nacionalidad mexicana;
f. Declaratoria de nacionalidad mexicana por nacimiento;
g. Credencial para votar expedida por el Instituto Federal Electoral;
h. Cartilla de Identidad del Servicio Militar Nacional Liberada;
i. Título Profesional;
j. Cédula Profesional;
k. Carta de pasante;
l. Credencial expedida por el Instituto Nacional de las Personas Adultas Mayores;
m. Para el caso de extranjeros, se aceptan como medios de identificación los siguientes documentos:
-. Pasaporte extranjero;
-. Tarjeta de residente expedida por el Instituto Nacional de migración o;
-. Tarjeta de visitante expedida por el Instituto Nacional de Migración;
n. Credencial de servicios médicos de una institución pública de salud o seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial de la institución, firma y cargo de quien la expide. En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía;
ñ. Credencial para jubilados o pensionados, emitida por una institución de seguridad social, con fotografía cancelada con el sello oficial, firma y cargo de quien la expide, En caso de credenciales en formato digital, podrán ser aceptadas aún cuando el sello no cancele la fotografía; y
o. Credencial Nacional para Personas con discapacidad emitida por el Sistema Integral para la Familia (DIF).
* La copia fotostática debe ser tamaño carta, en blanco/negro, legible y será aceptada con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. Cuando el tamaño de la identificación no lo permita, las copias deberán ser en hojas separadas.
6. Entregar dos fotografías tamaño pasaporte sin lentes, cabeza descubierta, de frente, a color con fondo blanco y que haya sido tomada hasta 30 días antes de presentar la solicitud de expedición de pasaporte.
7. Entregar el comprobante del pago de derechos en original y copia tamaño carta, legible, en blanco/negro y será aceptada, en su caso, con el anverso (delantero) y reverso (vuelta) en el mismo frente de la hoja. (Ver costos y vigencias)
8. Sólo en los siguientes casos, se deberá acreditar la nacionalidad mexicana e identidad:
a) Si el pasaporte fue expedido antes de 1995;
b) En caso de robo, pérdida o destrucción;
c) En caso de mutilación o por un deterioro notorio. El pasaporte deberá ser presentado a la Delegación de la SRE u Oficina de Enlace Estatal o Municipal con la SRE y llenar la forma correspondiente que se entregará gratuitamente;
d) Si el pasaporte fue expedido en alguna Oficina Consular de México, en este caso únicamente deberá acreditar nacionalidad mexicana;
Si la persona menor de edad se encuentra en algunos de los supuestos señalados, solicite por favor el folleto “Pasaporte por primera vez, personas menores de edad” para que conozca los requisitos que debe cumplir.

En caso de robo, pérdida, o destrucción del pasaporte se deberá adicionalmente cumplir con lo siguiente:

a) Cuando el hecho ocurra en el territorio nacional, deberá levantar un acta ante el Ministerio Público o autoridad competente y entregarla en original a la SRE, comunicándole a la vez y bajo protesta de decir verdad, el hecho y las circunstancias en que hubiera ocurrido a través de la forma que le será proporcionada.
b) Si el hecho ocurrió en el extranjero, entregará el acta levantada ante la Oficina Consular o autoridad competente del país. La SRE podrá requerirle que el acta esté legalizada o apostillada y traducida al español.

INFORMACIÓN QUE USTED DEBE CONOCER
Todos los documentos que se entreguen para el trámite de pasaporte, deberán ser legibles y encontrarse en buen estado sin mutilaciones, tachaduras, enmendaduras, deterioro o alteración que impida tener certeza jurídica de su validez.

Cuando existan inconsistencias o irregularidades en la documentación o información presentadas, la Secretaría de Relaciones Exteriores está facultada para verificar su autenticidad ante la autoridad emisora y podrá requerirle pruebas adicionales que demuestren fehacientemente su nacionalidad e identidad.

La verificación ante la autoridad emisora está supeditada al tiempo de respuesta de cada autoridad, por lo que la expedición del pasaporte quedará sujeta al tiempo que ocupe este proceso.

VIGENCIA DE LOS PASAPORTES ORDINARIOS

EDAD DEL SOLICITANTE
VIGENCIA QUE
PUEDE ELEGIR
Menores de 3 años
1 año
Mayores de 3 años y menores de 18 años
3 ó 6 años
Mayores de 18 años
3, 6 ó 10* años


* Esta vigencia no aplica para trabajadores agrícolas que tengan derecho al beneficio del 50% de descuento en el costo.

PAGO DE DERECHOS 2014

Los montos para el pago de derechos
Por un año

•Los mexicanos menores de tres años.
•Los mexicanos que no puedan cumplir con alguno de los requisitos que exige el reglamento de pasaportes por razones de emergencia debidamente justificadas y a juicio de la SRE.
•Los mexicanos que se encuentren bajo una situación de protección consular en las Representaciones de México en el Exterior.
$ 525.00
Por tres años

•Los mexicanos mayores a tres años y menores de 18 años.
•Los mexicanos mayores de 18 años.
$1,095.00
Por seis años

•Los mexicanos mayores a tres años y menores de 18 años.
•Los mexicanos mayores de 18 años.
$1,505.00
Por diez años

•Los mexicanos mayores de 18 años
Esta vigencia no aplica para Trabajadores Agrícolas 
$2,315.00

NOTA: El trámite del pasaporte realizado en las Oficinas Estatales y Municipales de Enlace con la SRE, podrían tener un costo adicional al aquí plasmado, por el servicio brindado en su localidad. ¡INFORMATE!.


LAS PERSONAS MAYORES DE 60 AÑOS: deberán presentar copia certificada por el Oficial del REGISTRO Civil del acta de nacimiento (para el trámite por primera vez) y cuando se trate de la renovación será suficiente la presentación del pasaporte.

LAS PERSONAS CON DISCAPACIDAD: deberán de comprobar su discapacidad con la constancia o certificado expedido por cualquier institución pública de salud o de seguridad social en el que se describa la discapacidad de que se trata, o bien, mediante la credencial nacional para personas con discapacidad expedida por el Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia (DIF). 


LOS TRABAJADORES AGRÍCOLAS: requieren presentar para su trámite, además de los requisitos establecidos por el reglamento de pasaportes, la constancia original de registro al programa de "Memorándum de Entendimiento con el Gobierno de Canadá" expedido por la Secretaría del Trabajo y Previsión Social.

Pago de derechos mediante Pago Electrónico CINCO,se puede realizar de dos formas:
a) En Ventanilla Bancaria.
b) Vía Internet

a) Procedimiento para el pago de Derechos en ventanilla bancaria.

1.- Obtenga de forma GRATUITA el formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria en:
Formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria

Cualquiera de las delegaciones de la S.R.E.

Cualquiera de las Oficinas Estatales o Municipales de Enlace con la S.R.E.

Cualquiera de las Oficinas del Servicio de Aministración Tributaria (SAT)

La página de Internet de la S.R.E., Tramites y Servicios, Pasaportes, formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria.

2.- Llene el formato “Formato para el pago de pasaportes en ventanilla bancaria” en un tanto, por cada solicitud individual de pasaporte con los siguientes datos:

Datos de llenado
Apellido paterno*
Apellido materno*
Nombres*
Vigencia del pasaporte
Monto a pagar

3.- Efectúe el pago de derechos en la ventanilla de la Institución Bancaria Autorizada de su elección, en donde se le entregará un recibo bancario con sello digital (comprobante del pago de derecho), el cual deberá ser presentado en original ante la Delegación u Oficina de Enlace, donde realizará el trámite, conservando usted fotocopia de dicho recibo.

Nota: Favor de considerar los horarios del banco de su elección a fin de realizar su pago oportunamente.

b) Procedimiento para el pago de Derechos Vía Internet.

1.- El pago de derechos de pasaporte Vía Internet sólo puede efectuarse en las Instituciones Bancarias Autorizadas por el SAT.
2.-Para poder realizar el pago en cualquiera de las Instituciones Bancarias Autorizadas debe ser cuentahabiente del mismo y contar con los servicios de banca electrónica (Bancanet, Conexión personal, etc).

3.- Como referencia la pantalla de captura para realizar el pago en la página web del banco, se encuentra frecuentemente en "Pago de Impuestos Federales" y está identificado como "Pago de Derechos Productos y Aprovechamientos (DPAS)".
4.- Deberá contar con la Clave de Referencia.

5.- Así mismo deberá de señalar la Cadena de Dependencia en función a la vigencia requerida:

6.- Las personas físicas que opten por efectuar el pago mediante esta vía, deberán realizar una operación bancaria por cada trámite, debiendo obtener un recibo bancario con sello digital a nombre del solicitante del pasaporte.

7.- No se aceptará el pago de derechos por concepto de pasaporte a nombre de personas morales, toda vez que el trámite es únicamente para personas físicas.
8.- Tampoco serán aceptados pagos grupales en virtud de que el trámite de pasaporte es individual e independiente.

9.- Para pagos efectuados a través de los portales de Internet de las Instituciones Bancarias Autorizadas el titular de la cuenta podrá realizar el pago de derechos a favor de un tercero no REGISTRADO como cuenta habiente, el cual será el titular del trámite del pasaporte, Para tales efectos, el recibo emitido por la Institución Bancaria deberá especificar el nombre y apellidos del beneficiario del trámite de pasaportes.
10.- El servicio para el pago de pasaporte por Internet es responsabilidad del banco que lo ofrece, no de la Secretaría de Relaciones Exteriores.
Ahora que ya ha hecho el pago de derechos y cuenta con la documentación requerida, acuda previa cita a cualquier Delegación u Oficina Estatal o municipal de Enlace con la SRE para tramitar su pasaporte.

FORMATOS DE SOLICITUD DE PASAPORTE

Solicitud de pasaporte ordinario mexicano en territorio nacional [OP-5].
Permiso que otorgan los padres, quienes ejercen la patria potestad o tutela, para la expedición de pasaporte a personas menores de edad en territorio nacional [OP-7].

Nota importante: Los formatos que se presentan en esta página electrónica son exclusivamente para fines de consulta. Cuando acuda a realizar su trámite a la Delegación u Oficina de Enlace le será entregado el formato para su llenado frente a un servidor público.

Es indispensable requisitar la solicitud OP-5 Y/O OP-7 en los formatos originales que proporcionan gratuitamente las Delegaciones y Oficinas de Enlace, en virtud de que dichos formatos deben cumplir con todas las especificaciones técnicas que requiere el sistema de producción de pasaportes.

CARACTERÍSTICAS DE LAS FOTOGRAFÍAS PARA EL TRÁMITE DE PASAPORTE.

El pasaporte es un documento que acredita tanto tu identidad como tu nacionalidad. La Organización de Aviación Civil Internacional, organismo de las Naciones Unidas que regula la expedición de pasaportes en todo el mundo, establece que las fotografías que aparecen tanto en el pasaporte como en el expediente que lo sustenta, deben permitir reconocer el rostro como una de las principales características físicas únicas del portador. Por ello deben reflejar fielmente la apariencia del solicitante del pasaporte.
Aspectos que debes tomar en cuenta para las fotografías que presentes para el trámite de pasaporte:
Tamaño pasaporte (4.5 cm X 3.5 cm), de alta calidad y resolución,impresas en papel fotográfico, con fondo blanco y antigüedad menor a 30 días a la fecha del trámite.

Mostrar en primer plano la cabeza y los hombros del solicitante(aproximadamente de las clavículas hacia arriba); el rostro debe estar centrado y ocupar entre el 70 y el 80% de la superficie de la fotografía.


A color, sin retoques, que los contrastes y tonos coincidan con los tonos naturales de la piel.

Cabeza descubierta, sin gorras, sombreros
diademas, moños, turbantes y


peinados que oculten el contorno de la cara, el rostro o las orejas.


El rostro y el fondo deben aparecer nítidos y sin manchas de tinta ni sombras de luz.

El solicitante debe aparecer con la cabeza derecha y viendo directamente a la cámara, tener la boca cerrada sin sonrisa y mantener una expresión neutra (evite poses artísticas).


Ambos ojos abiertos de manera natural, mirando a la cámara, claramente visibles y a la altura de la cámara


(no se aceptan fotografías con lentes, pues generan reflejos luminosos o distorsionan los rasgos; tampoco se aceptan fotografías con ojos rojos).

BEBÉS: adicionalmente a los puntos anteriores, se debe cuidar que aparezcan erguidos, con los ojos abiertos, sin otra persona o manos que los sostengan, sin juguetes ni respaldos.

RECOMENDACIONES:
En la mayoría de los trámites de pasaporte que se realizan en las Delegaciones de la SRE (no así en las Oficinas de Enlace con la SRE), se toma la fotografía del solicitante para imprimirla en el pasaporte el día que acude. Toma en cuenta esto para tu arreglo personal o el de tus hijos el día que acudas a hacer tu trámite.
Evita cambios radicales en tu apariencia física del día que realices tu trámite respecto a las fotografías que entregues (por ejemplo: raparte, rasurarte, maquillarte/desmaquillarte, cambiar el color de tu cabello, usar pupilentes, hacerte piercings, etc.).

Acude a un estudio fotográfico profesional de tu elección, para que tus fotos sean de alta calidad y resolución.

RECUERDA QUE AL PRESENTAR TUS DOCUMENTOS CON TODAS LAS CARACTERÍSTICAS SEÑALADAS, EVITARÁS RETRASOS EN TU TRÁMITE.

LA SECRETARÍA DE RELACIONES EXTERIORES NO OFRECE EL SERVICIO DE FOTOGRAFÍA; ES TU DECISIÓN DÓNDE OBTIENES TUS FOTOS.

CARACTERÍSTICAS DE LAS FOTOCOPIAS PARA EL TRÁMITE DE PASAPORTE

Todos los documentos que entregas para tramitar tu pasaporte se integran en un expediente; además de conservarse físicamente en papel, se digitalizan escaneándolos para contar con un archivo electrónico.

Con el propósito de que las imágenes de tus documentos escaneados sean de buena calidad, es importante que las fotocopias cumplan con las siguientes características:

Tamaño carta (si el documento original es más grande, deberás hacer la fotocopia en reducción tamaño carta).

Legibles (que permitan su fácil lectura, no se admiten ni muy claras ni muy obscuras, sin manchas ni rayas).

En blanco y negro (nunca a color).

Ambos lados del documento original en una sola cara de la fotocopia, si el tamaño lo permite (por ejemplo: credencial para votar, cédula profesional).

Si ambos lados del documento original no caben en la misma cara de la fotocopia, deberás entregar una fotocopia para el frente (anverso) y otra para el reverso en hojas separadas (por ejemplo: las actas de nacimiento que tengan información en el reverso)

CONTÁCTENOS

Puede llamarnos a los teléfonos:
963-145-1188 (WhatsApp).
963-136-7491 (WhatsApp).
963-164-9598 (WhatsApp).


* Estamos Ubicados en la Ciudad de Comitán de Domínguez, Chiapas, México.




Puede dejarnos un mensaje en nuestros mismo Blogger y a la brevedad posible nos contactaremos con ustedes.

Agradecemos la confianza depositada para realizar sus trámites.


Atte.

R&R ASOCIADOS.

Tramite de la Visa.


3 comentarios:

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  2. Los requisitos han variado un poco, realmente esta informacion fue útil en su tiempo. aqui puedes ver los requisitos actualizados. Espero le sea de utilidad. Muchas gracias.

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