VISAS
AMERICANAS
Si
usted es ciudadano de un país extranjero, en la mayoría de los casos necesitará
una visa para entrar a Estados Unidos.
Tener
una visa de Estados Unidos le permite viajar a un puerto de entrada, aeropuerto
o cruce fronterizo terrestre, y solicitar permiso de un inspector de la Oficina
de Aduanas y Protección Fronteriza (CBP) del Departamento de Seguridad Nacional
(DHS), para ingresar a los Estados Unidos. Si bien tener una visa no garantiza
la entrada a Estados Unidos, esta indica que un funcionario consular en una
Embajada o Consulado de Estados Unidos en el extranjero ha determinado que la
persona es elegible para solicitar autorización de ingreso para un propósito
específico. Los inspectores de DHS/CBP, guardianes de las fronteras de la
nación, son los responsables de la admisión de los viajeros a Estados Unidos,
bajo un determinado estatus y por un específico período de tiempo. DHS
también es responsable de sus asuntos migratorios mientras usted esté
presente en Estados Unidos.
Hay
dos categorías de visas de Estados Unidos: inmigrantes y no inmigrantes.
Las visas de inmigrantes son para las personas que
tienen la intención de residir permanentemente en Estados Unidos.
Las visas de no-inmigrante son para las personas con
residencia permanente fuera de Estados Unidos pero que desean ir a Estados
Unidos de manera temporal como turistas, o por tratamiento médico,
negocios, estudios o trabajo temporal.
VISAS
DE INMIGRANTE
Bienvenida
Si
usted ya tiene una cita programada en el Consulado General de Estados Unidos en
Ciudad Juárez, tome en cuenta estas instrucciones(PDF 35KB) y siga las instrucciones de preparación para su entrevista(PDF 304KB).
Si
aún no lo ha hecho, por favor complete el formulario DS-260.
¿Qué
es una visa de inmigrante?
Una
visa de inmigrante (o residencia) es un documento expedido por un funcionario
consular de Estados Unidos en el extranjero que le permite viajar a
Estados Unidos y solicitar su admisión como residente legal permanente (LPR,
por sus siglas en inglés).
Un
inspector del Servicio
de Aduanas y Protección Fronteriza del Departamento de Seguridad Nacional tomará
la decisión final sobre si se le admite o no como LPR.
Una
vez que sea admitido como LPR, usted generalmente tiene el derecho a
residir y trabajar en Estados Unidos permanentemente. ElServicio
de Ciudadanía e Inmigración del Departamento de Seguridad
Nacional le enviará su tarjeta de residente permanente (a menudo llamada
"green card ") a su nueva dirección en Estados Unidos, por lo
general dentro de los primeros tres meses desde su entrada a Estados Unidos.
Visite
el Departamento del Estados para ver una lista completa de tipos de visas de inmigrante.
Favor
de leer la información sobre los Derechos de los extranjeros cónyuges de Ciudadanos
Estadounidenses, cónyuges de Residentes Permanentes y Solicitantes de Visa de
Prometido(a).
VISAS
DE NO-INMIGRANTE
Información
General
Las
visas de no-inmigrante son expedidas a nacionales extranjeros que buscan entrar
a Estados Unidos de manera temporal como turistas o para hacer
negocios, estudiar o realizar algunos tipos de trabajo temporal. El
tipo de visa de no-inmigrante es definido por la ley de inmigración y
está relacionado con el propósito del viaje.
¿Quién
necesita una Visa?
Cualquier
persona no elegible para entrar a Estados Unidos bajo el programa de “Visa
Waiver” deberá solicitar una visa.
Nota:
Los visitantes nacidos en Estados Unidos y aquellos que cuentan con doble
ciudadanía (estadounidense y de otro país) deberán entrar y salir de
Estados Unidos con pasaportes americanos. Para mayor información sobre
cómo solicitar un pasaporte americano, haga clic aquí.
¿Cómo
puedo solicitar una Visa de No-inmigrante?
Siga los
siguientes pasos para solicitar una visa.
Citas
de emergencia:
Las
solicitudes para citas de emergencia pueden hacerse siguiendo lasinstrucciones para cita en línea y enviando
su solicitud.
Aprobación
de la Visa:
No
se puede proporcionar por anticipado ningún tipo de garantía sobre la
aprobación de una visa. No haga planes finales de viaje o compre
boletos de viaje no-reembolsables hasta que su visa
haya sido aprobada y entregada.
Tiempo
para procesar una Visa:
La
mayoría de los solicitantes obtienen sus visas en dos o tres
semanas. Sin embargo, no garantizamos que cada caso será procesado en ese
tiempo. Favor de no hacer planes finales de viaje hasta que no tenga su
pasaporte y visa. Además, algunos casos pueden requerir un proceso
administrativo adicional, lo cual puede resultar en un retraso de hasta seis
semanas o más. Para mayor información sobre el proceso administrativo, vea
aquí.
Tome en
cuenta que una vez que una solicitud es recibida, el proceso no puede ser
expeditado.
Uno
de los mayores deseos de los padres que tienen la posibilidad de acudir a los
Estados Unidos es que sus hijos puedan acompañarlos.
Dentro
del programa de visas de turista (B1, B2, y B1/B2) existen cuatro tipos de
grupos de edades: los menores de 7 años , de 7 años a 15, de 15 a 79 y el
de 80 y mayores. Los menores mexicanos de 7 años cuyos padres tengan
visa americana y pasaporte mexicano vigente son elegibles para ciertos
privilegios.
El
menor de 7 años califica a través de sus padres por lo que es indispensable que
al menos el padre que presentará los documentos del menor cuente con
visa americana y pasaporte vigente.
Los
padres del niño deben presentar la hoja de confirmación de la solicitud DS160,
el comprobante de pago de derechos y el confirmación de la cita
obligatoriamente y documentos que identifiquen al menor como acta de
nacimiento, cartilla de vacunación, una carta de su pediatra que confirme
su estado salud y comprobante del servicio médico con el que cuenta el menor;
si así lo decide el padre, puede no presentar al menor.
Existe
otro requisito que muchos padres le restan importancia: la fotografía. Para los
menores de 7 años debes persentar un par de fotografías de 5 x 5 cm que
muestrenclaramente los rasgos físicos del solicitante. Mientras el niño
salga con los ojos cerrados, adormilados, llorando, de perfil, en fin que no se
pueda identificar, la foto no será aceptada y la sección consular programará
otra cita para presentar una fotografía diferente; se hará esto hasta que el
agente consular considere que cumple con los requisitos.
Dicha
cita – la o las reprogramadas por la sección consular – no deben ser
modificadas por el solicitante sin autorización, hacerlo significaría el inicio
de un nuevo proceso desde cero. Para solicitar la visa de un menor de 7 años en
México no es necesario programar una entrevista con una agente consular en
el Consulado o Embajada, se acude al CAS a presentar la documentación; sin
embargo, si el agente consular que revise el caso considera que los padres
deben presentar más informacíón, puede hacer que asistan a una entrevista
personal con la documentación que se requiera.
La
mayoría de las personas que permanecieron dentro del territorio estadounidense
de manera ilegal o las que cometieron algún delito en México, asumen que nunca
más podrán obtener una visa americana lo cual, es incorrecto.
El
Gobierno de Estados Unidos brinda, a quienes hayan violado las leyes de México
o Estados Unidos, una nueva oportunidad de conseguir una visa por medio de una
“carta de perdón”. Las personas con este estatus de las autoridades
consulares son informadas de esta situación por el Cónsul correspondiente
durante la entrevista.
El
solicitante no deberá llenar ningún documento especial (sólo la solicitud
DS-160), ni necesitará contratar algún abogado. El oficial consular pedirá
el perdón, a nombre del interesado, ante el Departamento de Seguridad en
Inmigración de Estados Unidos.
El
criterio de rechazo o aceptación por parte de las autoridades consulares se
basa en la seguridad que el solicitante no representa un peligro para la
seguridad de Estados Unidos, que la persona viaja a territorio norteamericano
de manera temporal, que tiene fuertes motivos de permanencia en México y el
tipo de falta cometida.
El
proceso de autorización tarda de cuatro a seis meses y una vez definido el
estatus, el consulado notificará al solicitante el veredicto y en caso de ser
otorgado el perdón, continuar con el trámite de la visa.
Si
la decisión es favorable, la persona recibirá la visa por un año y, una vez que
expire, deberá de pedir un nuevo perdón, que se otorgará o rechazará con base
en el historial de comportamiento, tanto dentro
de territorio mexicano como en Estados Unidos, durante la vigencia de
la visa. Si este es tu caso y necesitas saber más, visita el sitio web del
Consulado o Embajada que te corresponda, aunque también puedes asesorarte con
un abogado de migración norteamericana.
* Estamos Ubicados en la Ciudad de Comitán de Domínguez, Chiapas, México.
Puede
dejarnos un mensaje en nuestros mismo Blogger y a la brevedad posible nos
contactaremos con ustedes.
CONTÁCTENOS
Puede
llamarnos a los teléfonos:
963-145-1188
(WhatsApp).
963-136-7491
(WhatsApp).
963-164-9598 (WhatsApp).
* Estamos Ubicados en la Ciudad de Comitán de Domínguez, Chiapas, México.
Agradecemos
la confianza depositada para realizar sus trámites.
Atte.
R&R
ASOCIADOS.
Tramite de
la Visa.
No hay comentarios:
Publicar un comentario